CONSTITUCIÓN Y FORMALIZACIÓN DE UNA EMPRESA

Antes de iniciar las actividades de tu negocio requieres realizar una serie de pasos y trámites que te exigen las diferentes entidades del estado para convertirte en una empresa formalizada. 


Resultado de imagen para CONSTITUCIÓN Y FORMALIZACIÓN DE UNA EMPRESA¿Persona natural o Persona jurídica?
Al iniciar un negocio, tienes dos caminos a seguir: como persona natural con negocio o bajo la forma de persona jurídica.

Persona Natural
Bajo esta modalidad, tú como persona natural puedes ejercer actividades económicas directamente, y como tal, eres responsable de las obligaciones de tu negocio.

Ventajas 
  • Puedes crear y cerrar tu negocio fácilmente. 
  • El control y la administración recaen totalmente en tu persona, lo cual simplifica el proceso en la firma de contratos, procedimientos y otras actividades. 
  • Puedes acogerte al Nuevo RUS (Régimen Único Simplificado) en la SUNAT.
Desventajas
  • Tienes responsabilidad ilimitada. Esto quiere decir que ante cualquier compromiso u otra obligación de tu negocio debes asumirlo con tu patrimonio personal. 
  • El crecimiento del negocio depende de tu capacidad para seguir aportando, ya que no existe la posibilidad de incluir nuevos socios. 
  • Una enfermedad o accidente tuyo podría implicar la interrupción indefinida del negocio.

Persona Jurídica
La modalidad de Persona Jurídica representa a una organización con responsabilidad limitada y que tiene como objetivo social realizar actividades económicas. Bajo la legislación peruana existen varias modalidades de las cuales te recomendamos cuatro para iniciar tu negocio: Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.), Sociedad Anónima (S.A.), Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.) y Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)

¿Qué tipo de persona debo elegir?

  • E.I.R.L Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.- Constituída por voluntad unipersonal (un solo dueño), con patrimonio propio distinto al de su Titular, que se constituye para el desarrollo exclusivo de actividades económicas de pequeña empresa.
  • S.A Sociedad Anónima.- Conformada por un número mínimo de 2 accionistas, no tiene un número máximo de accionistas. Es la modalidad ordinaria y la más tradicional.
  • S.A.C Sociedad Anónima Cerrada.- Será constituido por un mínimo de dos accionistas y un máximo de veinte. Se impone el derecho de adquisición preferente por los socios, salvo que el estatuto disponga lo contrario.
  • S.R.L Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada.- Requiere de un mínimo de dos socios y no puede exceder de veinte socios. • Los socios tienen preferencia para la adquisición de las aportaciones.
VIDEO ACERCA DEL TEMA:https://www.youtube.com/watch?v=v5OFw3nwaTc


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